También modificaron en el plan fiscal el tributo que deberán pagar los premios por los juegos de azar
El monto que busca recaudar el Gobierno dominicano con su proyecto fiscal, que el ministro de Hacienda y Economía estableció entre 40,000 y 50,000 millones de pesos, sufrió un zarpazo por parte de los senadores de la República.
En la iniciativa aprobada por los legisladores se redujeron 35,000 pesos al impuesto único que deben pagar las bancas de lotería cada año. En su propuesta, el Poder Ejecutivo planteaba un tributo de 120,000 pesos por ese concepto y los senadores lo fijaron en 85,000 pesos.
- El recorte implica que, solo por las 30,931 bancas de lotería que estaban registradas hasta el momento del plan de regularización de ese sector que impulsó el Gobierno y que luego detuvo, el fisco dejaría de percibir 1,082.5 millones de pesos, un monto que pudiera elevarse hasta los 3,273.7 millones si se añaden los 62,605 establecimientos de ese tipo que fueron acogidas sin oposición en la iniciativa.
También, corrigieron un error de redacción en uno de los artículos de la pieza que ordenaba a los casinos, con un volumen de mesas de juego en operación comprendidas entre una y 15, pagar mensualmente “setenta mil quinientos pesos (70,500)” por cada una, mientras que el monto en la cifra ascendía a 70,000 pesos.
En la comisión bicameral que estudió el proyecto figuran legisladores que son o han sido propietarios de bancas de apuestas. Por parte de los senadores, en las actas figuró, aunque no la firmó, Eduard Espiritusanto Castillo, representante de la Fuerza del Pueblo por La Romana, y propietario del Consorcio de Bancas Eduar.
Mientras que el diputado del Partido Revolucionario Moderno, Sergio Moya, quien ha sido propietario de bancas Merengue Sport, figuró y firmó el acta de las reuniones para analizar la pieza legislativa.
Entre los diputados que son propietarios o han sido dueños de bancas de lotería que votaron este jueves por la propuesta enviada desde el Senado figuran Juan Carlos Milané, Orlando Martínez Peña y Alexander Javier Cuevas. En cambio, Domingo Eusebio De León votó en contra del proyecto. Dos de los congresistas: Carlos José Gil y Melvin Alexis Lara estuvieron ausentes. Sergio Moyo no votó, según consta en el Sistema de Información Legislativa.
Impuesto a premios
Además, los senadores modificaron la propuesta legal del Ejecutivo para aliviar el impuesto que se le cobrará a los premios o ganancias obtenidas en loterías, fracatenes, lotos, premios electrónicos provenientes de juegos de azar y ofrecidos a través de campañas promocionales o publicitarias o cualquier otro tipo de apuesta o sorteo no especificado.
Mientras la iniciativa del Gobierno contemplaba un 25 % por ese concepto, los legisladores la modificaron para que sean los premios superiores a los 600,001 pesos los que paguen esa tasa y los que estén entre los 200,001 pesos y los 600,000 solo tributen un 15 %.
Otros impuestos
Los cambios tributarios planteados por el Poder Ejecutivo y aprobado por los senadores establece, para las bancas deportivas radicadas en las áreas metropolitanas del Distrito Nacional, la provincia Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago, Duarte, Puerto Plata y La Vega, pagarán 500,000 pesos al año. Actualmente tributan por ese concepto 225,000 pesos.
Las bancas deportivas radicadas en cualquier otro punto geográfico de la nación pagarán al Estado dominicano 300,000 pesos. El Código Tributario actual fija ese impuesto en 150,000 pesos, lo que implica un incremento de un 100 %.
En cambio, aquellos casinos que tienen entre 16 y 35 mesas de juego en operación tributarán cada mes 80,000 pesos, por cada mesa que exceda la escala, elevando esa cifra desde los 37,500 pesos que pagan en la actualidad.
Asimismo, los negocios de ese tipo, con un volumen de mesas de juego en operación comprendidas desde la mesa 36 en adelante pagarán mensualmente 100,000 pesos por cada una de las mesas que excedan la escala anterior. Ese monto en la ley actual es de 50,000 pesos.
El Senado aprueba de urgencia y en dos sesiones seguidas el proyecto de medidas fiscales
La pieza ahora pasa a la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo
Omar Fernández y Edward Espiritusanto votaron en contra de la iniciativa
Santo Domingo – jun. 17, 2026 |

En un procedimiento de urgencia y bajo dos sesiones consecutivas, el Senado aprobó la tarde de este miércoles el proyecto de ley de medidas pro crecimiento económico, simplificación fiscal y mitigación de la crisis internacional, con el que el Gobierno busca recaudar alrededor de 50,000 millones de pesos.
El proyecto fue aprobado por mayoría de votos con el respaldo de todos los senadores del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y sus aliados, pero no contó con el apoyo de los opositores Omar Fernández y Edward Espiritusanto, quienes votaron en contra de la iniciativa.
El proceso para aprobar proyectos “de urgencia” permite que las iniciativas sean aprobadas en primera y en segunda discusión durante la misma sesión, sin la necesidad de dividir las aprobaciones en dos sesiones separadas, como sucede con la mayoría de los proyectos de ley.
Con el rápido proceso del proyecto, que solo lleva cinco días de trámite en el Congreso, ahora la pieza pasa a la Cámara de Diputados, que tiene una sesión pautada para mañana jueves en la que decidirá si aprueba o rechaza la propuesta fiscal del Gobierno.
De hecho, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, pidió puntualidad a los legisladores para la sesión pautada para el jueves a las 10:00 de la mañana.
Modificaciones de Omar rechazadas
En medio de la aprobación del proyecto fiscal, el senador Omar Fernández, representante del Distrito Nacional por la Fuerza del Pueblo, sometió dos propuestas para modificar la pieza del Poder Ejecutivo, pero ambas fueron rechazadas por la mayoría oficialista del Senado.
En su ponencia, Fernández propuso que la indexación salarial abarque un monto mayor, alrededor de 52,000 pesos mensuales, ya que el proyecto gubernamental solo la eleva hasta 39,900 pesos lo que, a su juicio, es “legislar a medias“.
- Además, sugirió que la eliminación del anticipo a las microempresas, que ya está contemplada en el proyecto, se extienda también hasta las pequeñas empresas, pero esta propuesta también fue rechazada por mayoría de votos.
De su lado, el senador independiente Antonio Taveras expresó que votó a favor del proyecto, pero lo calificó como “una reforma fiscal light” porque únicamente responde a la crisis del momento y no a la coyuntura actual que vive la República Dominicana.
Modificaciones aceptadas
Algunas modificaciones que sí se aceptaron fueron propuestas por el senador oficialista Pedro Catrain.
Los cambios respecto al proyecto original del Gobierno incluyen un cambio en el artículo sobre el Impuesto Sobre la Renta para los grandes contribuyentes para que se especifique que a partir del año 2029 se pagará la tasa actual y que el aumento del 30 % solo aplicará para los años 2026, 2027 y 2028.
Además, los senadores modificaron el artículo 17 de la iniciativa para que los premios de lotería entre 200,000 y 600,000 pesos paguen un 15 % de impuestos, mientras que los mayores de 600,000 pesos paguen un 25 %.
El plan fiscal
El proyecto de ley, que ya está a pocos pasos de volver al Poder Ejecutivo para su promulgación, deroga los anticipos para las microempresas, crea una amnistía para las deudas tributarias, reduce de 25 a 10 % el Impuesto Sobre la Renta por ganancia de capital a la venta de inmuebles y deroga las leyes de los fósforos y del control a las estampillas.
Además, indexa los salarios para que solo los ciudadanos que ganan más de 39,900 pesos paguen el impuesto sobre la renta, aumenta la deducción de los gastos educativos de un 25% a un 30 %, devuelve el impuesto selectivo sobre el alcohol etílico utilizado en fabricación de medicamentos, aumenta la tasa del impuesto sobre la renta empresarial a un 30 % a los grandes contribuyentes, entre otras medidas.
Abinader promulga la ley del plan fiscal

El presidente de la República, Luis Abinader. (ARCHIVO)
El Gobierno proyecta recaudar entre RD$40,000 millones y RD$50,000 millones con el paquete de medidas fiscales
El presidente Luis Abinader promulgó la noche de este jueves la Ley 30-26, orientada a fortalecer la estabilidad económica del país mediante un conjunto de medidas de crecimiento, simplificación fiscal y mitigación de los efectos derivados de la crisis internacional.
La nueva legislación, aprobada de urgencia por el Congreso Nacional en horas de la mañana, fue impulsada como una respuesta a los riesgos económicos derivados de la crisis internacional y de la guerra de Estados Unidos e Israel contra Irán durante las últimas semanas, un escenario que generó preocupación por su impacto sobre los precios del petróleo, el comercio internacional, la inflación y los mercados financieros.
Aunque en los últimos días las partes involucradas anunciaron un acuerdo de alto el fuego y el inicio de negociaciones para una solución diplomática, las autoridades dominicanas sostienen que persisten factores de incertidumbre en la economía mundial que justifican la adopción de medidas preventivas para proteger la estabilidad macroeconómica del país.
Al anunciar el plan el pasado 11 de junio, el ministro de Hacienda, Magín Díaz, indicó que el conjunto de medidas permitirá al Estado captar entre 40,000 millones y 50,000 millones adicionales, recursos que serán utilizados para fortalecer la economía, preservar programas sociales y garantizar la continuidad de inversiones estratégicas.
A continuación, lo promulgado en la ley:
- Amnistía fiscal estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026
Uno de los pilares de la ley es la implementación de una amnistía fiscal temporal que permitirá a personas físicas y jurídicas regularizar obligaciones tributarias pendientes.
La medida beneficiará a contribuyentes con deudas en proceso administrativo o judicial, contemplando reducciones de intereses, recargos y sanciones, además de facilidades de pago para quienes decidan acogerse al programa.
- Nuevo tramo de 27 % del ISR aplicará a ingresos superiores a RD$4.8 millones anuales
La Ley 30-26 también modifica la escala del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas a partir de 2027. La normativa mantiene exentas las rentas anuales de hasta 480,000 pesos y establece tasas progresivas de 15 %, 20 % y 25 % para los niveles intermedios de ingresos.
Asimismo, crea un nuevo tramo de tributación de 27 % para las rentas superiores a 4.8 millones de pesos anuales, equivalente a unos 400,000 pesos mensuales, con el objetivo de aumentar la contribución de los contribuyentes de mayores ingresos al financiamiento del Estado.
- Empresas con ingresos superiores a 1,000 millones de pesos pagarán ISR de 30 % hasta 2028
La legislación introduce modificaciones al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
A partir del ejercicio fiscal 2026, la tasa general para las personas jurídicas será de 27 % sobre la renta neta gravable.
Sin embargo, las empresas con ingresos anuales superiores a 1,000 millones de pesos estarán sujetas a una tasa transitoria de 30 % durante los años fiscales 2026, 2027 y 2028, como parte de los esfuerzos para fortalecer la recaudación estatal.
- Aumentan impuesto a cheques y transferencias electrónicas
La ley también incrementa el impuesto aplicado a las operaciones financieras realizadas a través del sistema bancario.
La tasa pasa de 1.5 por mil a 2 por mil, impactando cheques y transferencias electrónicas realizadas por los usuarios del sistema financiero nacional.
Según las proyecciones oficiales, este ajuste contribuirá a alcanzar la meta de ingresos adicionales contemplada en el plan.
- Tasa de salida aérea aumenta de US$20 a US$30 por pasajero
Entre las disposiciones que tendrán impacto directo sobre los viajeros figura el incremento de la contribución de salida del territorio nacional.
La tasa pasará de 20 a 30 dólares por pasajero, equivalente a un aumento de 50 %, aplicable a todas las personas que abandonen el país por las terminales habilitadas.
Las aerolíneas y demás empresas transportistas actuarán como agentes de percepción de este gravamen.
- Retención de 15 % para software, publicidad digital y servicios contratados en el exterior
La normativa actualiza el tratamiento tributario de la economía digital.
Los pagos realizados al exterior por concepto de regalías, licencias de software, publicidad digital, almacenamiento de datos y otros servicios tecnológicos estarán sujetos a una retención de 15 %.
- Microempresas quedan exentas de anticipos y el agro no pagará Impuesto a los activos
La ley incorpora alivios tributarios para sectores considerados estratégicos.
Las microempresas quedarán exentas del pago de anticipos del Impuesto Sobre la Renta, mientras que las pequeñas empresas podrán realizar sus pagos en cuotas equivalentes al 50 % en el sexto mes, 30 % en el noveno mes y 20 % en el duodécimo mes.
Asimismo, los productores agropecuarios quedarán exentos tanto del pago de anticipos como del Impuesto a los Activos.
- Empresas podrán depreciar maquinaria industrial al doble de la velocidad actual
Con el propósito de estimular la inversión privada y la modernización productiva, la ley permite aplicar depreciación acelerada a maquinaria y equipos industriales nuevos.
La medida autoriza depreciar estos activos utilizando hasta el doble de los porcentajes ordinarios establecidos por la legislación tributaria vigente.
La medida, contenida en el artículo 24, está diseñada exclusivamente para equipos nuevos destinados al uso industrial y que tengan una vida útil mínima de dos a cinco años según su categoría, buscando aliviar la carga impositiva de las empresas e incentivar de manera inmediata la renovación tecnológica en el sector manufacturero nacional.
- Impuesto a ganancias de capital inmobiliaria baja de 25 % a 10 %
La normativa reduce de 25 % a 10 % la tasa aplicable a las ganancias de capital obtenidas por personas físicas en operaciones inmobiliarias.
Las autoridades sostienen que esta disposición favorecerá la inversión, dinamizará el mercado inmobiliario y facilitará la movilización de capitales hacia nuevos proyectos.
- Régimen simplificado se amplía para empresas con ingresos de hasta RD$30 millones
La ley amplía el alcance del Régimen Simplificado de Tributación (RST).
Podrán acogerse empresas de servicios y producción con ingresos de hasta 30 millones de pesos anuales, profesionales independientes y productores agropecuarios con ingresos de hasta 15 millones de pesos, así como comercios con compras e importaciones de hasta 60 millones de pesos al año.
- Exenciones sucesorales aumentan a RD$1 millón y RD$2 millones para herederos directos
La Ley 30-26 modifica el régimen de sucesiones y donaciones, elevando significativamente los montos exentos del impuesto sucesoral.
Las sucesiones cuyo valor no exceda 1 millón de pesos estarán exentas del tributo, mientras que para herederos en línea directa la exención aumenta hasta los 2 millones de pesos.
Los montos serán ajustados anualmente conforme a la inflación publicada por el Banco Central.
- Amplía beneficios educativos y deducciones para personas con discapacidad
La normativa fortalece los incentivos vinculados a la educación.
Los contribuyentes podrán deducir gastos educativos hasta un máximo equivalente al 10 % de su ingreso gravado, con un límite de hasta 30 % del mínimo exento del Impuesto Sobre la Renta.
Cuando los gastos sean realizados en beneficio de personas con discapacidad o trastornos del neurodesarrollo, la deducción podrá alcanzar hasta 50 % del mínimo exento del ISR.
- Exportadores recibirán reembolso de impuestos a combustibles y seguros
Con el propósito de fortalecer la competitividad de los productos dominicanos en los mercados internacionales, la ley establece que las personas jurídicas o entidades que exporten a terceros mercados tendrán derecho al reembolso de los impuestos Selectivo al Consumo a los Seguros, el Selectivo Específico al Consumo de los Combustibles y el Selectivo ad-valorem a los Combustibles.
Este beneficio se otorgará en un porcentaje igual al porcentaje que representen los ingresos por exportaciones respecto al total de los ingresos por ventas de la empresa en un período determinado, siendo calculado dicho reembolso sobre la base de los pagos reales que las compañías realicen por estos conceptos impositivos.
- Devolución del ISC por fabricación de medicamentos
La legislación dispone que cuando el alcohol etílico gravado con el Impuesto Selectivo al Consumo sea adquirido por fabricantes de medicamentos debidamente autorizados para los fines, y dicho alcohol sea destinado exclusivamente como insumo o materia prima en el proceso de elaboración, formulación o acabado de medicamentos para uso humano, se procederá a la devolución del impuesto selectivo efectivamente pagado.
- Vapes y cigarrillos electrónicos entran al régimen tributario
La Ley 30-26 incorpora por primera vez de manera expresa los cigarrillos electrónicos, dispositivos de vapeo y líquidos con o sin nicotina al régimen del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), estableciendo una tasa ad valorem de 55 % sobre el precio de venta al por menor.
- Eliminan gradualmente impuestos a hipotecas y constitución de compañías
La normativa dispone una reducción gradual del impuesto aplicable a determinadas operaciones inmobiliarias vinculadas al registro y conservación de hipotecas.
La tasa, actualmente fijada en 2 %, se reducirá a 1 % a partir de 2027 y quedará completamente eliminada desde 2028, con el propósito de disminuir los costos asociados al financiamiento inmobiliario y estimular la inversión en el sector construcción y vivienda.
- Nuevos impuestos para casinos, bancas y tragamonedas
La legislación actualiza la tributación aplicable a los juegos de azar.
Los casinos pagarán entre 70,000 y 100,000 pesos mensuales por mesa de juego, mientras que las bancas de lotería deberán pagar un impuesto anual de 85,000 pesos y un derecho de operación de 200,000 pesos.
Las bancas deportivas estarán sujetas a un impuesto anual de 500,000 pesos en las principales ciudades y 300,000 pesos en el resto del país, mientras que las máquinas tragamonedas pagarán entre 15,000 y 18,000 pesos mensuales, dependiendo de su ubicación.
