El tribunal también ordenó el decomiso de varios bienes vinculados al proceso
El pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, fue declarado penalmente responsable por el Tribunal Colegiado de Puerto Plata de la violación por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad.
No obstante, la sala decidió eximir de pena al jugador, en virtud del artículo 346, numeral 3 del Código Procesal Penal, pese a declararlo culpable de los hechos imputados.
Condena a la madre de la menor
En la misma decisión judicial, el tribunal también declaró culpable a Marta Vanesa Chevalier Almonte por abuso psicológico contra su hija, así como por extorsión mediante amenaza.
- Asimismo, fue hallada culpable sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, por lo que el tribunal dictó sentencia condenatoria en su contra.
Como parte de la condena, Marta Vanesa Chevalier Almonte deberá cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en la provincia Santiago, además del pago de una multa equivalente a 25 salarios mínimos del sector público centralizado.
El tribunal también ordenó el decomiso de varios bienes vinculados al proceso, entre ellos una porción de terreno de 600 metros cuadrados, un vehículo, sumas de dinero en pesos y dólares ocupadas durante allanamientos, además de teléfonos celulares incautados como parte de la investigación.
Tribunal condena a 10 años de prisión a Vanessa Chevalier, madre de la menor en caso Wander Franco
La condenó por explotación sexual de menores y lavado de activos

Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor de 15 años que fue abusada por el pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, fue condenada a 10 años de prisión tras ser hallada culpable de múltiples delitos en contra de su hija.
Chevalier deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, y deberá pagar una multa de 30 salarios mínimos a favor del Estado Dominicano, conforme al artículo 410 de la Ley 136-03.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, la encontró culpable de explotación sexual de menores y lavado de activos.
En el caso de Chevalier, el tribunal fue contundente al señalar que usó a su hija como mercancía para obtener beneficios económicos, constituyendo un acto “bochornoso, reprochable y castigado por la ley”.
El tribunal expuso que Chavalier ejercía “presión y chantaje” contra Wander Franco, por lo que “está clara la explotación sexual” de la madre y de lavado de activos, por el dinero ilícito que obtuvo por ver a su hija como una mercancía.
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También corroboró que ella presionaba a Franco para que le diera dinero para pagar el colegio de la hija.
Jakayra Veras, presidenta del colegiado, narró una conversación que sostuvo Chevalier con Axel, hermano del Wander, en la que exigía que se le mandara 40 mil pesos para pagar el colegio de su hija, y el pariente del pelotero le respondió que “no hace mucho” se le había hecho entrega de un millón de pesos.
“Una actitud bochornosa y reprochable, el tribunal acoge en todas sus partes la solicitud del Ministerio Público“, dijo la jueza Veras.
Las consideraciones para la condena
La decisión, adoptada de manera parcial y más allá de toda duda razonable, se fundamentó en la violación de las siguientes normas:
Ley 136-03 (Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes): artículos 25, 396 literal B y 410.
Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo: artículo 3, numerales 1, 2 y 3.
Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas: artículos 3 y 7.
Código Penal Dominicano: artículos 265 y 266.
El tribunal aplicó, además, lo previsto en los artículos 14 y 338 del Código Procesal Penal para valorar la evidencia, y decidió no extender la condena bajo los tipos penales del artículo 409 de la ley 136-03, ni los numerales 11 y 15 del artículo 2 y los numerales 2 y 7 del artículo 9 de la ley 155-17, al no encontrarse configurados esos ilícitos en el caso.
El fallo pone fin a un proceso de alta complejidad, en el que el Ministerio Público presentó abundante documentación y testimonios para demostrar que Chevalier no solo permitió, sino que facilitó la explotación de su propia hija, y constituyó activos de origen ilícito vinculados a esos hechos.
Bienes que ordenó decomisar a Vanessa
El tribunal ordenó que se le decomisara varios bienes a Vanessa: un solar ubicado en Villa Montellano, en Puerto Plata, con una extensión de 600 metros cuadrados; un carro marca Suzuki Swift, blanco del 2023 ocupado a la acusada, y la suma de dos millones cien mil pesos dominicanos depositados en el Banco Agrícola, puestos a nombre de Verónica Rafael Núñez Santos.
Asimismo, se le decomisarán 68 mil 500 dólares ocupados en su poder, 800 mil pesos, equipos y dispositivos electrónicos.
El tribunal solo ordenó devolver una mochila rosada con siete cuadernos, una libreta color agua y un estuche con más útiles escolares.
La lectura íntegra de la sentencia se hará el jueves 17 de julio a las 9:00 de la mañana.
