Los dos senadores que votaron en contra del nuevo código fueron Faride Raful, del Partido Revolucionario Moderno (PRM) e Yván Lorenzo, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), aludiendo no favorecer el mismo debido a la no inclusión de las tres causales

Panel de votación en la aprobación del nuevo Codigo.

Un nuevo Código Procesal Penal fue aprobado en segunda lectura por el Senado de la República, con 20 votos a favor, dos en contra en una sesión que contó con 10 ausencias.

Los dos senadores que votaron en contra del nuevo código fueron Faride Raful, del Partido Revolucionario Moderno (PRM) e Yván Lorenzo, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), aludiendo no favorecer el mismo debido a la no inclusión de las tres causales.

Los 20 senadores que votaron a favor fueron el presidente de la Cámara Alta, Ricardo de los Santos, Lía Díaz, Santiago José Zorrilla, David Sosa, José del Castillo Saviñón, Carlos Gómez, Melania Salvador Jiménez, Martín Nolasco Vargas, Franklin Rodríguez, Milciades Franjul, Franklin Romero, Franklin Peña, Rogelio Genao, Antonio Marte, Dioni Sánchez, Pedro Catrain, Lenin Valdez, Virgilio Cedano, Cristóbal Castillo y Eduardo Estrella.

Código Penal es aprobado por Senadores, sin las causales y ahora pasa a los DiputadosVIDEO

Código Penal es aprobado por Senadores, sin las causales y ahora pasa a los Diputados

Estos justificaron su voto a favor indicando que una nueva versión del Código Procesal Penal llevaba debatiéndose más de 20 años y que se necesita la aprobación de uno que ya contenga la acumulación de penas y la tipificación de varios delitos para que así vaya “acorde a los nuevos tiempos”.

Aun cuando se sabía que el sometiendo en segunda lectura de la propuesta legislativa sería el tema principal de la agenda, unos 10 legisladores se mostraron ausentes de la sesión; estos fueron José Antonio Castillo, Valentín Medrano, Félix Bautista, Ramón Pimentel, Héctor Acosta, Ginnette Bournigal, Antonio Taveras, Iván Silva, Alexis Victoria Yeb y Bautista (Bauta) Rojas.

La pieza será remitida a la Cámara de Diputados para su aprobación o modificación.

Senado aprueba Código Penal, sin causales, tipificando el feminicidio, genocidio y con acumulación de penas

El cúmulo de penas hasta 60 años, inclusión de la figura del sicariato, definición y sanción del feminicidio, la figura del acoso, la tipificación del genocidio y retención ilegal de personas en una penitenciara por “parte de un funcionario público’’, son algunos de los tipos penales agregados a la legislación.

El Senado aprobó el proyecto en segunda lectura y ahora pasa a la Cámara de Diputados.

El Senado aprobó el proyecto en segunda lectura y ahora pasa a la Cámara de Diputados.ARCHIVO/LD

Sin “las tres causales’’ para la interrupción del embarazo, el Senado de la República aprobó anoche en segunda lectura el proyecto del Código Penal, que cuenta con la adición de 72 tipificaciones penales para fortalecer el marco legal del país.

El cúmulo de penas hasta 60 años, inclusión de la figura del sicariato, definición y sanción del feminicidio, la figura del acoso, la tipificación del genocidio y retención ilegal de personas en una penitenciara por “parte de un funcionario público’’, son algunos de los tipos penales agregados a la legislación.

La pieza, depositada por el senador de La Vega, Rogelio Genao, fue conocida de manera íntegra durante la sesión, luego de que la comisión especial designada por el pleno rindiera un informe favorable, que sostuvo tan solo una modificación a los 419 artículos presentes.

Por el proyecto votaron a favor 20 de los 22 senadores presentes en la sesión; mientras tres senadores rechazaron la iniciativa.

El principal objetivo de esta modificación es actualizar el marco penal del país que fue promulgado en 1884 y no ha recibido modificaciones, a pesar de que durante los últimos 23 años varios proyectos han pasado por el Congreso Nacional, sin que se logre su aprobación.

Discusión

Bautista Rojas Gómez, de Hermana Mirabal; Iván Lorenzo, por Elías Piña y la vicepresidenta del Senado, Faride Raful, del Distrito Nacional, fueron quienes rechazaron el informe que rindió la comisión especial presidida por el senador de El Seibo, Santiago Zorrilla.

El senador Yván Lorenzo pidió que el proyecto fuera conocido "artículo por artículo", pero su propuesta fue rechazada.

El senador Yván Lorenzo pidió que el proyecto fuera conocido “artículo por artículo”, pero su propuesta fue rechazada.ARCHIVO/LD

 

Plantearon que su decisión representa el compromiso con la “dignidad de la mujer”, debido a que fue excluida la despenalización de la interrupción del embarazo en los casos que la vida de la mujer esté en peligro, por la inviabilidad del feto y cuando el embarazo sea producto de una violación sexual.

Lorenzo solicitó al pleno que leyera nuevamente el particular debido a que no se realizó de manera ‘’elegante’’, haciendo referencia a la rapidez con la cual analizaron los legisladores en el hemiciclo las 110 páginas.

Pero el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, rechazó el pedimento de Lorenzo, destacando que la comisión especial había determinado que era el mismo proyecto aprobado en 2023, que después perimió en la Cámara de Diputados mientras era estudiado.

Esto ocasionó que Lorenzo les recordara a los miembros de la cámara alta que representan al Partido Revolucionario Moderno (PRM), que en 2017 asumieron la posición ‘’pro causales’’.

Finalmente, el legislador peledeísta reiteró su petición de que se conociera nuevamente el proyecto ‘’artículo por artículo’’. No obstante, De los Santos accedió y 20 de 22 senadores no la favorecieron.

En tanto, Franklin Rodríguez, senador de San Cristóbal, entiende que el presidente deberá observar el Código Penal si se convierte en ley, teniendo en cuenta la posición asumida por Luis Abinader, antes de ser posesionado como gobernante.

La aprobación del documento del Código Penal contó con 20 votos a favor y dos en contra, encabezados por el senador Iván Lorenzo y la congresista Faride Raful, nuevamente por omitir la despenalización de ‘’las tres causales”

Clasificación de penas

Además, este nuevo Código Penal habilita una clasificación general de penas según la gravedad del delito. Las infracciones muy graves tendrán una máxima condena penitenciaria de 40 años de prisión mayor y obligará al culpable a pagar hasta 1,000 salarios mínimos del sector público.

Con relación a las menos graves, la escala de prisión menor va desde los 15 días y la mayor a los tres años. Las multas serán de uno a 15 salarios mínimos, que podrían alcanzar también penas complementarias.

Por último están las infracciones leves, que serán castigadas con multas y/o penas complementarias.

Modificación

A pesar de que en la sesión se alegó que tan solo se modificó ‘’la forma’’ en que estaba escrito el artículo 185 sobre la ‘’discriminación’’, la comisión de este delito implicaría una reducción en las penas, con respecto a las establecidas en el Código Penal vigente.

Incurrir en cualquier trato desigual con una persona por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal, constituye un hecho de discriminación.

Además, se entiende como discriminación todo trato desigual ‘’dado por uno, varios o todos los miembros de una persona jurídica a una persona física.

Esta delimitación de delitos fue realizada por los congresistas conforme a lo dictado en el artículo 36 de la Constitución sobre el derecho a la igualdad, en el que especifica que ‘’todas las personas nacen libres e iguales ante la ley’’.

La parte que podría generar conflicto, según expresaron algunos legisladores, sería el final del párrafo donde indica que también es considerado como discriminación cualquier otro acto ‘’basado en características o condiciones inherentes a la persona’’.

Las sanciones que deberán cumplir los condenados son una pena de prisión menor contemplada entre 15 días y un año de prisión. Al igual que una multa de uno o dos salarios mínimos del sector público.

Sin embargo el artículo 366-1 del anterior Código Penal precisaba que el castigo era la condena de dos años de prisión y el pago de cincuenta mil pesos de multa. Lo que equivale a una disminución, ya que el salario mínimo en el Estado es de diez mil pesos.

En tanto, fueron aprobadas también seis modificaciones ‘’de forma”’ que sometió el senador Genao, solo alterando algunos aspectos en la redacción de los párrafos, en los artículos 159, 114, 116, 160, 188, 123, en las que incrementó las penas y salarios mínimos por la comisión de las violaciones establecidas. Al igual que las propuestas de la senadora Raful, quien presentó variación en los artículos 188 y 226.

‘’Este Código Penal está matrimoniado con la Constitución dominicana’’, aseveró Genao durante la sesión.

Otro artículo modificado es el 185 que establece la discriminación en cualquier trato desigual o vejatorio contra una persona física por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión, política o filosófica, condición social o personal.

La discriminación será sancionada con 15 días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.

La intención de los legisladores que respaldan la pieza es que se apruebe el nuevo Código Penal antes de que finalice la actual legislatura, el próximo 26 de julio.

Código Penal establece 72 nuevos tipos penales

Robo de identidad agravado, perturbación telefónica, difusión de audios e imágenes sin consentimiento, divulgación de información secreta y  feminicidio son algunos delitos  que contempla la pieza legislativa

Ramón Rogelio Genao, senador de La Vega.

Ramón Rogelio Genao, senador de La Vega.FUENTE EXTERNA

El nuevo código penal que fue aprobado en segunda lectura por el Senado de la Republica, establece 72 nuevos tipos penales, así lo indicó el senador de la provincia La Vega, Ramón Rogelio Genao.

En su intervención en la sesión de este miércoles Genao sostuvo que la pieza legislativa, que fue aprobada con 20 votos a favor de los 22 legisladores presentes, contempla el cúmulo de pena hasta 60 años, por lo que “en la expectativa de vida de un dominicano equivale a decir cadena perpetua porque este código rige para los mayores de edad, porque en República Dominicana tenemos un código del menor”.

El legislador manifestó que este código es además una herramienta útil para desestimular la corrupción administrativa, y todos los tipos penales, al ampliar de 10 a 20 años la aprensión de los casos penales.

Asimismo, establece el castigo a la reincidencia en República Dominicana con 20 años de prisión, cuando antes eran 10.

Entre los 72 nuevos tipos penales que contempla código penal, Genao mencionó:

El terrorismo, el sicariato, el genocidio, infracciones muy graves de guerra, infracciones de lesa humanidad, desaparición forzada de personasfeminicidio, feminicio agravado , feminicidio conexo, violencia conexa en escenario feminicida, inducción al siucidio, cooperación al suicidio, daños con sustancias químicas (ácido del diablo).

Trato cuelo inhumano o degradante, robo de identidad, robo de identidad agravado, perturbación telefónica, difusión de audio e imágenes sin consentimiento, divulgación de información secreta, captación y uso de datos personales, estudios genéticos sin consentimiento, manipulación ilícita de genes, fecundación de ovulos para fines distinto para la procreación, reproducción asistida no consentida, actividad sexual no consentida, participación de grupos en infracciones muy graves de guerra, negligencia o imprudencia en el control de los subordinados, atentado imprudente contra la vida, responsabilidad de persona jurídica por atentado culposo contra la vida, bullying, bullying agravado, operaciones comerciales con niños y adolescentes, responsabilidades de persona jurídica que provocan incapacidades con más de 60 días.

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